Italia, abogado de incautación y decomiso de bienes

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Se brinda representación letrada para tratar legalmente las situaciones relativas incautación y decomiso de bienes. A través de nosotros es posible contratar un abogado de incautación y decomiso de bienes, para ocuparse de los trámites legales relacionados con estos valores patrimoniales que han sido afectados por la autoridad.

Para una mayor ilustración del área que abarca los servicios jurídicos que prestamos, ofrecemos algunas consideraciones sobre la incautación y el decomiso de bienes.

Ambos conceptos comparten, como similitud, que los dos se refieren a bienes materiales, tangibles, tales como inmuebles, autos, dinero, etcétera. En cuanto a estos conceptos de incautación y decomiso se observa una diferencia con otros bienes, los cuales califican como tal puesto que tienen un valor contable y pueden producen frutos, pero no son de naturaleza tangible, tales como los derechos de autor y los derechos de propiedad sobre marcas y patentes, sobre los cuales no se aplican los términos de incautación y decomiso cuando ocurre la pérdida de los mismos por causas legales, ajenas a la voluntad del titular.

SOBRE LA INCAUTACIÓN

La incautación es el acto mediante el cual las autoridades que tienen a su cargo desarrollo de una investigación criminal hacen ocupación física de un bien como consecuencia, o como parte de la misma.

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Estos bienes son puestos bajo custodia del Estado puesto que pasan a formar parte del cuerpo de evidencias.

La incautación en sí misma no implica necesariamente la definitiva pérdida del bien, de manera que ipso facto quede anulado todo dominio sobre aquel. Determinados bienes incautados pueden ser liberados posteriormente en circunstancias como:

- Durante el desarrollo de la investigación queda eliminado como elemento con valor probatorio para el proceso.
- Queda probado que el bien no tiene origen ilícito.
- Queda probado que el bien no guarda relación con la comisión del delito que se investiga.
- El bien no pertenece al acusado, ni estaba en su posesión al momento de la comisión del delito.
- El proceso es desestimado, retirados los cargos, o el acusado es totalmente exonerado, sin que subsista un delito pendiente de juzgar que guarde relación con el bien o bienes incautados.

Sin embargo, la incautación de bienes sí va a implicar la pérdida de aquellos cuando constituyen el cuerpo del delito propiamente dicho, o cuando, tratándose de evidencias, son de naturaleza ilícita. Podemos citar como ejemplo: Lotes de drogas, dinero en efectivo de origen definitivamente ilícito o no justificado, obras de arte auténticas objeto de contrabando u obras de arte falsificadas, arma homicida.

En el caso del arma homicida hay que hacer una salvedad: Si se trata de un arma ilegal, obtenida en el mercado clandestino, no será devuelta; sin embargo, un arma legalmente adquirida, registrada, cuyo dueño puede acreditar su propiedad y la licencia para portarla, que es totalmente ajeno a la utilización de la misma para cometer un crimen, puede recuperarla.

Órdenes restrictivas y arresto

Dado que, como se ha visto, existe la posibilidad de que los bienes incautados sean recuperados en las circunstancias especificadas, existe la obligación de conservación de los mismos, que pesa sobre las autoridades que detentan su custodia. Esta obligación relativa a la preservación de los bienes incautados incluyen:

- Que los bienes incautados sean resguardados de todo deterioro, maltrato, o actuar negligente que derive en el daño de los mismos, extremándose las medidas cuando se trata de objetos frágiles, seres vivos como mascotas (algunas razas de perros o animales exóticos son muy valiosos), u otros bienes que precisen de cuidados especiales.
- Que los bienes incautados estén bajo la seguridad necesaria, a fin de evitar robos o hurtos. Parecería una contradicción que bienes bajo custodia policial se extravíen, pero no es tan extraño que suceda, sobre todo cuando se trata de bienes de muy atractiva valía.
- Que los bienes incautados que deban ser sometidos a exámenes periciales no resulten destruidos o dañados como consecuencia de ello. Ponemos el ejemplo de obras de arte que son examinadas a fin de determinar su autenticidad o falsedad, pruebas que incluyen manipulación y hasta uso de químicos, así como ser sacadas del entorno especialmente preparado para su preservación. Si no se practica la prueba por especialistas calificados para ello se corre el riesgo de producir desperfectos en obras que, al fin, pueden resultar auténticas y de inmenso valor pecuniario e histórico.

Nuestros servicios como abogados de incautación y decomiso de bienes están encaminados a garantizar el cumplimiento de las medidas antes enunciadas, diseñadas para que el papel que juegan estos bienes en un proceso investigativo no redunde en la pérdida o devalúo de los mismos.

Si llegado, el caso, los bienes han de ser liberados y devueltos a sus legítimos dueños, (que pudiera ser la persona objeto del proceso, o un tercero) y los mismos han desaparecido, o han resultado dañados, destruidos, o devaluados, por causa del accionar sobre ellos durante la investigación, el abogado de incautación y decomiso de bienes está capacitado para incoar las acciones legales precisas en aras de que el perjudicado sea debidamente indemnizado.

DECOMISO

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El decomiso sí implica la pérdida del bien, del cual pasa al dominio público. El decomiso, también denominado confiscación o comiso, puede ser impuesto como sanción con carácter de principal, o como sanción accesoria.

En procesos administrativos, sin implicaciones penales, el decomiso suele ser una sanción principal.

Sin embargo, en el derecho penal, las penas principales suelen ser las multas y las condenas privativas de libertad, observándose el decomiso mayormente como sanción accesoria.

En cualquiera de los casos, existen recursos legales para combatir el decomiso, siendo que el alcance, requisitos, y posibilidades de éxito de los mismos es área de especialización de los abogados de incautación y decomiso de bienes.